lunes, 31 de marzo de 2008

Arqueólogos y Estudios de Impacto Ambiental (EIA)

La Legislación medioambiental chilena, a través de la Ley 19.300 ("Ley de Base del Medio Ambiente", publicada en el Diario Oficial el 9 de Marzo del año 1994) establece que toda empresa que realice trabajos de remoción de tierras o transformación o alteración de un paisaje dado, por construcción de caminos, líneas de alta tensión, edificios, etc.) debe presentar un estudio previo sobre los impactos de diversa índole que tal trabajo puede acarrear. Este estudio es denominado "Estudio de Impacto Ambiental", o, en sigla, EIA.

La legislación vigente (Ley 19.300), en su artículo 12, letra b., establece que el ejecutante del Proyecto debe presentar una “línea de base” del área de influencia directa del proyecto. La “línea de base” queda definida por el mismo cuerpo legal, como aquella que “debe ofrecer la descripción detallada del área de influencia de un Proyecto o actividad, en forma previa a su ejecución”. En otros términos, debe describir, en detalle, todos los impactos previsibles que el Proyecto puede producir en el medio ambiente natural y cultural del área amagada.

Nada más loable que el objetivo de esta Ley que debería salvaguardar la integridad de áreas o lugares considerados de un alto valor patrimonial o de una elevada significación científica, resguardándolas de la destrucción definitiva por efecto de lo que se considera "progreso". Tanto más necesaria, cuanto más eficientes y demoledores son sus efectos a causa de la sofisticada maquinaria excavatoria que hoy se emplea y de la rapidez de los procedimientos de remoción y acumulación de escombros. Un error de previsión o de decisión, hará desaparecer para siempre rasgos culturales o biológicos, que parecen ser significativos desde el punto de vista de la ciencia. Lo que se ha removido o lo que yace ya sepultado bajo escombros o bajo millones de metros cúbicos de agua (tranques) , nunca más podrá ser objeto de estudio. Si hubo error aunque fuere involuntario, ya nada podrá subsanarlo. Lo que se perdió, se perdió para siempre. Debemos, pues, en el análisis que sigue, partir de esta premisa básica y fundamental para entender en profundidad la significancia del problema que tenemos por delante.

En Chile, la Ley Ambiental del año 1994 exige que las Empresas a cargo de los Proyectos hagan evaluar, con la asesoría de científicos responsables, los impactos previsibles como efecto directo tanto de la futura actividad extractiva o de modificacion de un paisaje, como del período de faena y puesta en marcha del trabajo. Estos impactos deben ser detalladamente consignados y analizados en las áreas biológica, (impacto sobre flora y fauna local), arqueológica (impacto sobre restos de culturas pretéritas), antropológica (impacto sobre actividades o expresiones culturales recientes), histórica y arquitectónica (impacto sobre edificios o sitios de significación histórica), geográfica (impacto sobre escenarios o formaciones naturales de especial relevancia). Tales impactos deben ser evaluados en su magnitud con calificativos como muy serio, serio, regular o irrelevante.

El objetivo parece claro y evidente: que las Empresas asuman los costos de su propia intervención o destrucción, cuando se trate de "monumentos" o sitios de relevancia arqueológica, biológica, histórica, geográfica o escénica. Hasta aquí todo va bien. Los problemas surgen cuando las Empresas contratan especialistas en las áreas señaladas para que emitan su veredicto, esto es, evalúen la magnitud del daño previsible y, a la vez, propongan "medidas de mitigación del daño subsecuente".

Se parte de la premisa indiscutida de que se realizará, ciertamente, "daños" al patrimonio cultural, social, histórico, arquitectónico o biológico. Este daño, al ser considerado como "inevitable", (por la intervención con maquinaria pesada y destruccción de la superficie del lugar) debe ser mensurado, evaluado y "mitigado". Teóricamente, la autoridad competente podría, en ciertos casos, declarar inviable el Proyecto por la cuantía y magnitud de los daños que se seguirían del Proyecto (minero, caminero, arquitectónico, etc.).

Según estudios de los especialistas, esta situación rara vez ha ocurrido, de suerte que sobre el 90% de los Proyectos considerados "de desarrollo" y que significan destrucción de un determinado ambiente o área, terminan siendo aprobados con la sola salvedad de la exigencia de aplicar determinadas "medidas de mitigación", con el objeto de "aminorar" los daños previsibles.

Los científicos que evalúan estos daños previsibles (a la flora, fauna, historia, cultura o paisajismo), de acuerdo a la norma legal, son contratados por la propia Empresa de entre los especialistas que viven en el territorio nacional (pueden ser nacionales o extranjeros) . Cada especialista debe, en principio, recorrer detenidamente el área que será intervenida, para determinar la presencia de rasgos (culturales, sociales, arquitectónicos o biológicos), establecer los posibles daños, evaluar la riqueza del patrimonio amagado por las futuras obras, y, finalmente, proponer las "medidas de mitigación" ante el daño inminente.

Esta situación nos plantea los siguientes comentarios y reflexiones de corte antropológico:

1) se parte de un principio por demás curioso: se acepta que se producirá inevitablemente "daños"; porque, efectivamente, cualquier intervención que signifique remoción de tierras, destrucción de estructuras o alteración de paisajes, acarrea algún tipo de daño ambiental o de otra índole (histórica, cultural, arqueológica o biológica).

2) Se aquilata la magnitud de estos daños y se miden sus efectos;

3) Se propone, a cada daño, una "medida de mitigación".

El punto de partida, en cada intervención es salvar en lo posible el Proyecto, el que es considerado siempre como una herramienta necesaria para el "desarrollo" para la Región. Y por eso se indican medidas de mitigación a cada impacto reconocible o previsible, tal como será señalado por los especialistas (arqueólogos, biólogos, historiadores, geógrafos, arquitectos, etc.).

Esta legislación, ut iacet, nos merece varios reparos que creemos de importancia:

a) ¿Quién determina qué especialistas intervendrán en el EIA respectivo?. ¿La autoridad estatal a través de alguno de sus entes (Ministerios, Subsecretarías, Municipios)?. No. ¿Una universidad especializada en determinado campo del saber? No. ¿Una empresa de científicos internacionales?. Tampoco!. Es la misma Empresa interesada en un Proyecto la que busca, selecciona y contrata los servicios de investigadores, casi siempre privados.

b) Y, ¿ de donde salen estos especialistas?. La Ley abrió la puerta para que se crearan, en un abrir y cerrar de ojos, "entes" privados que se consideran capacitados para ejercer el rol de "evaluadores de impacto ambiental". Así, han proliferado en nuestro país consorcios o grupos de especialistas, de las áreas requeridas para el EIA, que se auto-califican como "expertos" por el solo hecho de que sus componentes ostentan un título universitario en esas especialidades. En un minuto, por tanto, es posible armar estos grupos. Lo sabemos por experiencia. Un amigo convoca a otros amigos, de diferentes rubros del saber y constituyen un equipo apto, capaz de responder a los requerimientos varios de un EIA. Nadie regula o controla la idoneidad o capacidad científica de dichos grupos. Nadie, tampoco, velará por la veracidad de los títulos universitarios o las actividades de ese rubro que se ostenta. El grupo así armado (aunque sea "del dìa a la noche"), se presenta a la Empresa para "competir" por un determinado estudio de impacto ambiental. La empresa "selecciona" a sus evaluadores de impacto. ¿Qué grupo se adjudicará el EIA?. Obviamente, aquel que, a juicio de la Empresa, le será más proclive o favorable en su dictamen final: el monto del impacto.

c) De este modo, realmente insólito, la misma Empresa que va a intervenir un área (para construir lo que sea: un canal, carretera, campo de fútbol o conjunto habitacional), selecciona entre varios y elige a su propio equipo evaluador, entre los posibles que se presenten. Para cubrir la legitimidad del proceso, se hace una llamado general: cualquiera puede presentarse para la adjudicación. Pero los ejecutivos de la Empresa, que deberán pagar de su bolsillo a los integrantes del equipo evaluador, mientras dure la realización del EIA, se aseguran de elegir a aquel equipo que les otorgue garantías de una mayor docilidad a sus intereses. Para eso pagan y muy bien.

d) De esta suerte, el empresario, que quiere llevar adelante su Proyecto a toda costa, selecciona entre varios posibles equipos de estudio, aquel compuesto por gente más vulnerable al brillo del dinero, o más proclive a sus intereses. Teóricamente, puede llegar hasta inducir o sugerir soto voce, la rápida conformación de un equipo de expertos, que sea el más adicto a sus intereses económicos: es decir, a la puesta en marcha inmediata del Proyecto.

e) No siempre el resultado es el esperado. Y puede surgir un grupo de científicos que, siguiendo los dictámenes de su conciencia, opinen contra la realización del Proyecto en la forma concebida. No importa mucho. Pues queda una etapa que permite a la Empresa salvar ágilmente este escollo: la etapa del "mal menor" o, en jerga de la Ley, la etapa de la determinación de las formas de "mitigar" o disminuir los efectos del impacto. Porque el equipo que realiza el EIA debe proponer, por imperio de la misma Ley, la magnitud del impacto y las formas concretas de mitigar el impacto previsible y sus daños ambientales o culturales.

f) Pero hay algo mucho más preocupante en este proceder, el que queda amparado por la Ley misma. Es la propia Empresa interesada en el Proyecto, la que selecciona y determina qué puntos o acápites de los Informes de los científicos quedarán finalmente incluìdos en el EIA. Es decir, la Empresa puede, tijera en mano, seleccionar aquellos párrafos de los informes científicos que les fueren màs favorables y, a la vez, ocultar, acallar o ignorar aquellos otros, que les son francamente negativos o desfavorables. Es decir, la edición final del EIA queda totalmente en manos de la misma Empresa interesada y dueña del Proyecto. Este proceder nos parece francamente inaudito!. De suerte que los Informes científicos de cada uno de los especialistas, no necesariamente formarán parte de este documento final entregado por la Empresa. Si se incluyen o no en el Informe final, será su propia decisión. No lo exige la Ley misma. En estas circunstancias, nos ha tocado más de una vez llegar a conocer tales documentos originales, sólo recurriendo directamente a los especialistas, autores de los Informes. Porque tales Informes, curiosasmente, no figuraban en el EIA respectivo, o solo eran insertados en forma fragmentaria y/o parcial, de acuerdo a la conveniencia del momento.

g) Hasta donde sabemos, la Empresa no está estrictamente obligada a entregar el texto completo de los Estudios científicos que ella misma contrató. Y puede entonces fácilmente "maquillar" a su arbitrio su información, en aquellos aspectos que le fueren desfavorables.

h) La Ley contempla en su proceso, es cierto, una etapa posterior, en que teóricamente la ciudadanía y la opinión pública intervienen, al llamado de la CONAMA regional, para exponer sus puntos de vista o críticas, respecto al Proyecto en cuestión. Y cualquier particular o grupo de ciudadanos puede, en esta instancia, hacer sus comentarios, requerimientos u observaciones. O expresar su rechazo y disconformidad. Hemos participado varias veces en tales citaciones. En realidad, se convierten fácilmente en una "bolsa de gatos", por la variedad de formación y cultura de los participantes, y por la heterogeneidad de los temas tratados. Los científicos serios suelen abstenerse de participar en estas citas, por considerarlas inoperantes e "inútiles". Un organismo técnico serio y científicamente capacitado debería recibir estas apreciaciones y críticas, evaluarlas y hacer llegar su veredicto final a la autoridad. Lo que no ocurre.

i) Pero, ¿què ocurre luego de esta instancia? Lo sabemos por experiencia propia. La Empresa trata de "negociar" indirectamente con los "opositores", insistiendo en la validez de sus formas de atenuación o mitigación de los daños previsibles. Y puede "mejorar" su oferta en términos de mitigación, o puede, llegado el caso, contratar los servicios de un nuevo equipo científico, que sobre la base de nuevos estudios en terreno, ofrezca una mejor perspectiva a sus planes. Aún a riesgo de incurrir en mayores gastos.

j) La etapa final y el resultado del proceso, queda en manos de la decisión de la COREMA Regional. Pero, ¿quiénes constituyen y forman la COREMA Regional? Una extraña mezcla de políticos y representativos de muchas entidades sociales y administrativas de la Región. En su inmensa mayoría, cargos políticos, adictos al regimen. No son, ciertamente, como podría esperarse, científicos o miembros eminentes de Universidades o Institutos chilenos. Tampoco, miembros de reconocidas instituciones de gran solvencia técnica. La COREMA es una instancia esencialmente politica y no técnica o científica.
k) Ahora bien, como es el Estado chileno el mayor interesado en llevar a cabo dichos Proyectos, los que forman parte de su agenda de desarrollo, es obvio que la balanza se inclinará decididamente por llevar a cabo el Proyecto, que el Estado ya consideró y "aprobó" en principio. y respecto del cual sus representantes (en la COREMA), se encargarán de dar el sí definitivo.
l) Si agencias particulares , ONGs, u otras instancias científicas o técnicas "ponen el grito en el cielo" por los evidentes daños subsecuentes, enteramente previsibles desde el ángulo científico, cierta prensa comprometida, Ministros de Estado, ciertos parlamentarios, o la propia Empresa se encargará de tildar de "ecologistas" y "fanáticos" a los resueltos opositores al Proyecto, considerado, ab initio, de un alto interés para el desarrollo regional.
m) El debate, en el mejor de ls casos, cuando se trata de situaciones límite, puede durar incluso años. Pero el resultado final es previsible: "el progreso exige necesariamente sacrificios". Es el cómodo slogan que se repite en estos casos. Y bajo el rótulo engañoso de un mentado "progreso", se pueden así cometer los mayores crímenes contra el medioambiente o contra el futuro ecológico de toda una región del país. Como si el verdadero y auténtico "progreso" fuera necesariamente incompatible con la preservación del medioambiente o del patrimonio histórico y cultural.
n) La mejor prueba de todo lo que estamos aquì señalando, es el hecho de que en nuestro país, más del 90% de todos los EIA terminan siendo finalmente aprobados por la entidades estatales (CONAMA y COREMA), a lo más, tal vez, con el aditamento final de algún pequeño maquillaje, para tranquilizar a los grupos opuestos al Proyecto, maquillaje que toma la forma de nuevas "medidas de mitigación del daño previsible".
ñ) Hay en este tema un aspecto adicional, de corte ético, que nos parece particularmente grave y atentatorio contra la libertad del científico. Dice relación con la formación de "grupos de expertos" en elaboración de EIA a nivel nacional. Las Empresas, especialmente las poderosas Empresas Mineras, al ofrecer cuantiosas sumas de dinero a los integrantes de estos "equipos científicos" con el fin de obtener sus "Informes", ojalá en pocos días (porque para ellos el tiempo que corre es dinero que se pierde), están contribuyendo, de una manera real, aunque tal vez inconsciente, a prostituir gravemente la profesión de no pocos de los científicos integrantes en estos EIA. Porque el dinero que ofrecen por día de trabajo, excede en mucho el monto de dinero que normalmente recibe el científico universitario en su trabajo rutinario docente e investigativo, no pocas veces insuficientemente remunerado. De suerte que en un solo Informe, hecho para un solo EIA, gana, de hecho, más que en muchos meses o años de arduo trabajo en la cátedra universitaria. De lo que se ha seguido en Chile una situación insólita e inédita: hay especialistas que prefieren vivir presentándose y participando en la elaboración de EIA a lo largo de todo Chile en vez de aceptar una cátedra universitaria docente que los amarra, limita y controla científicamente.


o) De esta suerte, han surgido como callampas en nuestro país , grupos de expertos "free lance" que se dedican a este lucrativo negocio de los EIA, dejando de lado su vocación universitaria y docente. ¿Para qué van a hacer clases de Arqueología, Antropología, Geografía, Biología o Sociología, si pueden vivir más cómodamente contratándose como expertos en EIA? Conocemos, por desgracia, varios casos de colegas en nuestra propia profesión, que así lo han confesado paladinamente. Pero esto nos lleva a reflexionar sobre la gravedad del hecho y de que "algo huele a podrido en Dinamarca", como diría el buen Hamlet.
p) Las Empresas, de hecho, amparadas en este sistema que la Ley desgraciadamente permite , han empezado ya a "corromper" a algunos científicos de nuestra tierra. Y no sabemos donde puede conducirnos esta peligrosa tendencia. Recuerdo, a este propósito, aquel decir que se escuchaba tanto en México en mis años de estudiante: "No hay general mexicano que resista un cañonazo de 10.000 dólares". Porque el dinero corrompe y lo sabemos bien. Y nuestra vocación de científicos, por otra parte, no suele ser muy bien remunerada y por eso surgen o pueden surgir apetitos económicos desmedidos.

Valgan estas incisivas reflexiones, frutos de nuestra directa experiencia, para insistir ante nuestros colegas científicos y ante la opinión pública sobre la necesidad urgente de modificar drásticamente y re-estudiar la Ley Ambiental chilena, que presenta claros y evidentes vacíos y déficits, para así evitar éstos y otros males y lograr que sean entidades autónomas, y dedicadas de lleno al ejercicio de la ciencia (Universidades, sobre todo) las que se encarguen de realizar a futuro estos EIA, con fondos estatales y no de las propias Empresas, de modo que se evite a toda costa el compadrazgo y la colusión de grupos interesados con las Empresas ejecutoras de Proyectos, máxime aquellos de gran envergadura, con claras proyecciones regionales o nacionales.
Nos proponemos próximamente, en un capítulo especial, estudiar el caso increíble de la destrucción, por obra de un gigantesco vertedero de residuos tóxicos, de una enorme cuenca y valle (Fundo El Mauro) próximos a la localidad de Los Vilos (IV Región de Chile). Nos tocó participar muy de cerca en los avatares de este descabellado Proyecto y en la decidida y férrea oposición de los habitantes de los poblados de Caimanes y Pupío y de agricultores de la zona, directamente afectados en sus derechos de agua. Hasta que se dio por fin, aquello de "poderoso caballero es don Dinero", y aún los más recalcitrantes opositores terminaron (Mayo 2008) por cansarse y rendirse, aconsejados por los propios abogados que sustentaran su causa. Triste desenlace para una historia de años de defensa heroica de una Naturaleza herida y una Cultura ancestral profanada, frente al atropello del más fuerte, que terminó por desencantarnos definitivamente sobre este tipo de "defensas imposibles". Ante una pésima Ley, llena de vacíos y susceptible de epiqueyas interminables, que no ampara al que está en su derecho, sino al agresor, poco o nada se puede hacer, salvo exigir a gritos, y en cada esquina de cada pueblo, su pronta modificación. Al menos, nos queda la satisfacción de haber cumplido nuestro deber al haber elevado nuestra voz y haber dado a conocer a todos los responsables (COREMA) y parlamentarios de la zona, la magnitud de los daños previsibles, que solo el futuro nos permitirá dimensionar correctamente. Nos queda, sobre todo, la inmensa satisfacción de haber luchado por inculcar a nuestros alumnos de Geografía, Arqueología y Antropología Social de la Universidad, el primado fundamental de lo ético por sobre lo económico. El primado de lo definitivo por sobre lo transitorio, el primado de los valores por sobre el brillo falaz del dinero. Porque aquì estamos en el terreno de la ética profunda aquella que comprende que la Naturaleza ha sido dada en préstamo al Hombre para auto-realizarse como persona y como comunidad y no como ente económico. Es Chile quien ha perdido en esta gesta de 8 largos años de lucha. Por "un plato de lentejas" (unos pocos años de explotación hasta el agotamiento del recurso) Chile y la Provincia ha perdido "la Progenitura" ( es decir, un bien de incalculable valor tanto en lo biológico como en lo arqueológico e histórico). Porque "El Mauro", cuenca geográfica rica en culturas ancestrales, en historia colonial y en especies biológicas endémicas, solo será, en el futuro y por desgracia in aeternum solo mil setecientos millones de toneladas de basuras tóxicas, inútiles y horribles.; es decir "un campo de muerte". Nos preguntamos con angustia y desazón: ¿ no existe, acaso, una tecnología extractiva menos tóxica y menos destructiva de los ecosistemas y de la habitabilidad humana? . Tema de profunda meditación ecológica.






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